Cita:
Originalmente publicado por genoves
Dentro de la zona balizada, ninguno por si acaso.
Otra cosa es que si saies no te diga nada el socorrista, y que si te multan (la poli local, normalmente), puedas defender que no es embarcación sino 'artefacto flotante'.
Además de las leyes, existe el sentido común.
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No estoy de acuerdo con eso de que
"dentro de la zona balizada ninguno por si acaso".
Creo que a la lectura de la normativa queda claro que
dentro de la zona balizada, sí están permitidos los artefactos flotantes que no sean movidos a vela/motor y que no vayan a más de 3 nudos: kayaks, colchonetas, etc...
Pero, como dije, el motivo original de este hilo no son los artefactos flotantes y su uso dentro de las zonas balizadas, sino las
embarcaciones de recreo y la navegación/fondeo de las mismas en las zonas NO BALIZADAS.
