La solución es sencilla ... basta con pagar el impuesto de matriculación, cuya exención es el motivo por el cual ni el armador ni familiares ni personas relacionadas con la empresa pueden emplear el barco para su uso particular, ni siquiera como arrendatarios. Si pagas el impuesto de matriculación, entonces no tendrás problemas para utilizar el barco cuando te apetezca.
Espero que esta respuesta te resulte de alguna utilidad.



salud!!!