Sobre la fuente que se menciona (marenostrum), he leído mucha información, y todo muy interesante, pero lamento decir que la he puesto en cuarentena, esecialmente por un error garrafal que copio a continuación, y que tiene que ver con las playas clasificadas como DE USO PROHIBIDO y balizadas con BANDERA ROJA:
De uso prohibido, señalizadas con bandera de color rojo. Las playas de uso prohibido no podrán ser utilizadas para el ejercicio de baños ni deportes náuticos. No obstante la orden debe entenderse en su justa medida. Debe quedar claro, que la prohibición puede entenderse como una recomendación, esto implica que el usuario asume el riesgo bajo su completa responsabilidad, sin que ello suponga la negación de ser socorrido.
Esto lo firma Carmen Adell en la página (marenostrum.org)
Absolutamente FALSO lo que está subrayado.
Playa de uso prohibido significa eso: PROHIBIDO.
Nos cuesta mucho entender a veces las palabras.
La prohibición significa que existe riesgo para la vida humana. Y el que decide poner la bandera (sea quien sea, por Dios, no vayamos a matar al mensajero como siempre), lo que hace es calificar la playa como DE USO PROHIBIDO. No es una recomendación. El mero hecho de sacar la piragua por esa playa con bandera roja puede suponer sanción.
El usuario NO PUEDE ASUMIR EL RIESGO BAJO SU COMPLETA RESPONSABILIDAD. Otra cosa es que salgas a un mar embravecido por la costa (no playa) o por una bocana (no playa). Pero hablamos de EMBARCACIONES que se hacen a la mar, no de USUARIOS DE UNA PLAYA PÚBLICA.
Bueno, por ese motivo la he puesto en cuarentena. De momento.
