Ver mensaje
  #72  
Antiguo 21-08-2011, 20:22
Avatar de Capitán Trucho
Capitán Trucho Capitán Trucho esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 20-11-2008
Localización: Atlántico Andaluz y Mediterraneo
Mensajes: 3,424
Agradecimientos que ha otorgado: 713
Recibió 982 Agradecimientos en 593 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Prioridad de paso vela-remo y motor-remo.

Cita:
Originalmente publicado por Juanitu Ver mensaje
Sobre la fuente que se menciona (marenostrum), he leído mucha información, y todo muy interesante, pero lamento decir que la he puesto en cuarentena, esecialmente por un error garrafal que copio a continuación, y que tiene que ver con las playas clasificadas como DE USO PROHIBIDO y balizadas con BANDERA ROJA:

De uso prohibido, señalizadas con bandera de color rojo. Las playas de uso prohibido no podrán ser utilizadas para el ejercicio de baños ni deportes náuticos. No obstante la orden debe entenderse en su justa medida. Debe quedar claro, que la prohibición puede entenderse como una recomendación, esto implica que el usuario asume el riesgo bajo su completa responsabilidad, sin que ello suponga la negación de ser socorrido.
Esto lo firma Carmen Adell en la página (marenostrum.org)

Absolutamente FALSO lo que está subrayado.
Playa de uso prohibido significa eso: PROHIBIDO.
Nos cuesta mucho entender a veces las palabras.
La prohibición significa que existe riesgo para la vida humana. Y el que decide poner la bandera (sea quien sea, por Dios, no vayamos a matar al mensajero como siempre), lo que hace es calificar la playa como DE USO PROHIBIDO. No es una recomendación. El mero hecho de sacar la piragua por esa playa con bandera roja puede suponer sanción.

El usuario NO PUEDE ASUMIR EL RIESGO BAJO SU COMPLETA RESPONSABILIDAD. Otra cosa es que salgas a un mar embravecido por la costa (no playa) o por una bocana (no playa). Pero hablamos de EMBARCACIONES que se hacen a la mar, no de USUARIOS DE UNA PLAYA PÚBLICA.

Bueno, por ese motivo la he puesto en cuarentena. De momento.
A mí también me ha sonado raro, pero desde hace mucho tiempo era un aviso de peligro, no una prohibición de entrar en el agua como dicen algunas normativas municipales.
Cita:
Hasta ahora, la bandera roja era una indicación del estado del mar y los socorristas podían acercarse a la orilla y alertar a la gente con el silbato de que saliesen del agua. Con esta normativa, tienen ya un instrumento añadido para salvaguardar la seguridad de los bañistas, aunque sea recurriendo a la Policía Local como agente de autoridad.
El baño con bandera roja está calificada como falta grave, que va desde los 751 hasta los 1.500 euros. En un tramo anterior, las leves, se sitúa cuando está izada la amarilla. La ordenanza también prevé multas para los padres de niños que se bañen cuando el estado del mar tenga esa calificación. La prohibición también se amplía a discapacitados.
__________________
Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar ..
Citar y responder