A tener en cuenta más factores:
Eslora del velero (alguien estará contestando pensando en su velero de 14 metros y otros leerán pensando en su velero de 6 metros, por ejemplo).
De todas formas, de acuerdo con Rom.
Las reglas del RIPA, entendiendo las excepciones, son bastante claras.
A tener en cuenta, en su caso y puestos a ser finos, las limitaciones y características técnicas:
Por ejemplo:
Cita:
Anexo I.- Posición y características técnicas de las luces y marcas
...
2. Posición y separación vertical de las luces
...
d) Los buques de propulsión mecánica de eslora inferior a 12 metros podrán llevar su luz más elevada a una altura inferior a 2,5 metros sobre la regala. Pero si llevan una luz de tope además de las luces de costado y de la luz de alcance, o si llevan la luz todo horizonte prescrita en la regla 23 e) i) además de las luces de costado, la luz de tope o la luz todo horizonte deberá estar por lo menos a 1 metro por encima de las luces de costado.
...
h) Si las luces de costado van en un solo farol combinado, cuando lo lleve un buque de propulsión mecánica de eslora inferior a 20 metros, irá colocado a una distancia no inferior a un metro por debajo de la luz de tope.
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Vale.
Ahora alguien dirá....
Sí, de acuerdo, se ven muchas luces en embarcaciones menores (típicamente chipironeras) que no cumplen lo del metro.
Pero hablamos de legalidades, no de la vida misma

