Cita:
Originalmente publicado por serviola3
Yo entiendo que si es entre particulares , no hay impuesto de transmisiones ya que es solo un derecho de uso lo que se transfiere, no la propiedad del mismo, tienen todos caducidad.
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Hola serviola, creo que lo único que necesitas es firmar un contrato privado de cesión de la concesión entre ambas partes, y comunicar el cambio de titularidad al gestor del puerto (Nauta en su caso), el cual te pedirá una copia del contrato para sus archivos.
Eso es todo.