Hola. Si te refieres al papeleo administrativo ahora, según la propia capitanía, los fuerabordas no són actos registrables. Así que si algún guardia civil te para un día tienes que demostrar que ese motor es tuyo, y por lo visto con el contrato de compra venta entre particulares es suficiente. En ese contrato tiene que aparecer el modelo, marca, nº de serie y potencia, además de vuestros nombres, dnis y firmas.

