Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros
Hola Yeyo:
Creo que lo primero sería informarse con seguridad de que esa embarcación puede autorizarse para el número total de personas (pasajeros + tripulación) que te interese.
Como embarcación de recreo se entienden a las que tienen una eslora entre 2,5 y 24 metros y se utilicen para fines de ocio o recreativos, incluso con animo de lucro.
El RD 1027/1989 no establece limitación al número de pasajeros o personas que pueden autorizarse para las embarcaciones inscritas en la lista 6ª.
El RD 1435/2010 que establece un procedimiento “supuestamente simplificado” para la matricula de determinadas embarcaciones de recreo, excluye a las de lista 6ª que autoricen más de 12 pasajeros.
Por lo anterior entiendo que si la embarcación es de eslora inferior a 24 metros se podría incluir en la lista 6ª y el número total de personas (tripulantes + pasajeros) que pueden embarcar será el que autorice la documentación del barco.
Si se autorizan más de 12 pasajeros, habría que seguir el procedimiento de matricula del RD 1027/1989 y si son menos de 12 o menos pasajeros habría que seguir el procedimiento del RD 1435/2010.
Otra historia será la normativa de seguridad, etc. que se le aplique si autoriza más de 12 pasajeros.
Y en cualquier caso hacer las consultas en la Capitanía donde se va a solicitar el papeleo, que es donde nos pueden volver locos si no interpretamos las normas de la misma forma que ellos.
Saludos.
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