Saludos.
Se me ha olvidado antes, la Constitución en su articulo 18 punto 2 dice los siguiente:
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
Creo que con lo anterior de la L.E.C. y esto podemos saber nuestros derechos en caso de que nos pare algún funcionario e intente registrar nuestro barco o domicilio, pero que quede claro que yo viajo en moto y que me pare la Guardia Civil para simplemente pedirme la documentación mia y del vehículo no me parece mal, cumplen con su deber y es una manera de evitar que se circule con vehículos robados.
