Pues según sigo leyendo, peor me va pareciendo el asunto -en general- por momentos.
Veo que desde este enero hubo cambios y el ámbito territorial viene aquí:
http://www.chcantabrico.es/index.php...id=331&lang=es. Dice textualmente que incluye todas las aguas de transición y costeras!!!
Con lo que si se ponen rigurosos esto
http://www.chcantabrico.es/index.php...601&Itemid=249 ya habría que hacerlo no solamente para los ríos, embalses, etc., sino para cualquier embarcación esté donde esté, y por lo que yo sé pues no se está haciendo.
Vamos que si yo me escapo río arriba no iré legal, pero tampoco si salgo a la mar (como todos los que salen, por lo visto). Toi viendo que si se ponen a mirar -que antes o después se pondrán, con tal de recaudar- acabará por equipararse todo a las embarcaciones de recreo, al menos a la hora de deberes: seguro de RCO -mínimo de 60 € por barco- y declaración responsable de marras -otros 30 por barco ¿irán a por todos los que están en los puertos deportivos?
Que alguien me lo aclare, ¡por favor! O no lo entiendo o es una locura!