Hola a todos. Hace no mucho me interesé por el asunto. Es "vox populi" eso de que en puerto no se puede navegar a vela, peroooooooooo... Realmente la navegación dentro de un puerto está regulada por la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Bueno, pues reto a quien tenga la santa paciencia de leerla, que me señale exactamente dónde dice que está prohibido. Efectivamente depende de la Capitanía de cada Puerto. No he conseguido encontrar ningún texto donde lo exprese de manera irrefutable. No nos sirve "tengo entendido que..." "siempre se ha dicho que..." y cosas así. Lo digo no con ánimo de polemizar ni de ofender, sino porque alguna vez nos podemos ver en un follón o no, dependiendo del puerto que se trate, del benemérito, del seguro... en fín. Yo en mi puerto me he visto obligado a entrar una vez a vela por avería, pero no sé si entonces se aplica la misma norma.
Ea, copas pa tós y quedo a la escucha.


