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Antiguo 23-09-2011, 10:35
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Marinero de Puente Manejar embarcaciones con fines comerciales con eslora inferio

Hola soy patron portuario y aqui dejo copiado lo que pone en fomento a dia de hoy 23/09/2011 yo creo que lo anteriormente no es asi, por que de serlo mi cabreo como patron portuario sera descomunal, con lo que cuesta habilitar el titulo y ahora sera un marinero de puente nuestra competencia directa??? pero esto que es?? en que estan pensando??
Atribuciones profesionales en función de los períodos de embarque

  1. Dos meses de embarco en buques civiles realizando servicios profesionales relacionados con la guardia de navegación, salvo alumnos de puente que hayan finalizado al menos un curso lectivo que estén en posesión de un certificado del centro oficial que cumplen con las disposiciones de las secciones A-II/4 y A/VI del Código de Formación. Atribuciones: Marinero de buques mercantes de arqueo bruto superior a 500 GT que formen parte de la guardia de navegación.
  2. Con seis meses de embarco. Atribuciones las Capitanías Marítimas habilitarán a los interesados para el manejo de embarcaciones profesionales de menos de 6 metros de eslora, siempre que no transporten pasajeros y naveguen exclusivamente dentro de aguas interiores de puerto.
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