Cita:
Originalmente publicado por IsladeMalta
El RIPAM establece toda una serie de reglas de preferencias, pero el evitar un abordaje es cosa de todos los barcos implicados. Sólo en el caso de tener la capacidad de maniobra restringida (no puedes alterar ni tu rumbo ni tu velocidad) por la causa que sea, podrías alegar no haber hecho nada para impedirlo. Además de lo que digan el Reglamento y el parte de la GC, los seguros ya se ocuparán de repartir responsabilidades. Es posible que al velero se le reproche no haber hecho nada para impedir el abordaje aunque el Reglamento le diera la preferencia.
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Ves el pesquero por babor en rumbo de colisión. El debe meter la caña a estribor para pasarme por popa. Si creo que está muy cerca y meto la caña a babor para pasarle yo por popa, corro el riesgo de que maniobremos los dos al mismo tiempo y nos demos de proa. La otra solución es virar a estribor para ponerme paralelo a su derrota. Esta es la maniobra de evasión correcta en un tractor, pero navegando a vela, con según qué vientos, puede resultar arriesgada (además de difícil de realizar). Y si en vez de una tripulación de regatas llevas turistas, me atrevería a decir que tienes capacidad restringida para una maniobra de esa naturaleza.
Saludos.
