Re: Impuesto transmisiones patrimoniales en Andalucía
Ya he recibido la respuesta del Centro de Informacion de la Consejeria de Hacienda de la Junta de Andalucia, es la siguiente: "Si el adquirente tiene su domicilio habitual en el extranjero, la operacion tributará en España, por obligación real, siempre que el bien se encuentre en España y la operacion vaya a surtir efectos aqui. (Art. 6 LITP y 6-9 RITP).
Han sido diligentes, claro que es para recaudar.
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