Discusión: CY Obligacion De Llevar Gps
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Antiguo 08-10-2011, 21:32
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Lightbulb Re: Obligacion De Llevar Gps

Los equipamientos radioeléctricos obligatorios son:

Zona 1: MF/HF con LLSD o en su lugar una ETB de Inmarsat; VHF con LLSD; Radiobaliza de 406Mhz con activación automática y manual; Un receptor Navtex; VHF portátil y un respondedor de radar de 9 Ghz.

Zona 2: VHF con LLSD; Radiobaliza de 406Mhz; VHF portátil o Respondedor de radar de 9Ghz.


Zona 3: VHF con LLSD y una radiobaliza de 406Mhz.

Zona 4: VHF con LLSD (desde 1-1-2.009)

Zona 5:VHF fijo o portátil, si es fija deberá ser con LLSD.

Todos los equipos de LLSD que se instalen en las embarcaciones españolas, ya sea obligatoriamente o voluntariamente, deberán encontrarse programadas con el MMSI y conectadas a un GPS.

MMSI (Maritime Mobile Service Identily): 9 cifras que identifican a las estaciones de barco y a las estaciones costeras. Se forma con el MID que es el país a que representa, en España los asignados son el 224 y el 225, y el resto de los 6 números los asignan las administraciones MIDXXXXXX. Las costeras empiezan por 00, 00MIDXXXX. Si la embarcación mide menos de 24m asignan los números
las Capitanías Marítimas y si son mayores los asignará la DGMM.
Espero haberos aclarado el tema y ahora despues de todo esto tomemos una botella del mejor Ron
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Ancla 21

Editado por ANCLA 21 en 08-10-2011 a las 21:46.
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NAVARRA (13-10-2011)