Cita:
Originalmente publicado por cabot59
ITP (Impuesto de Transnisiones Patrimoniales) se paga el 4 por ciento del valor del barco que tenga asignado la Comunidad Autonoma correspondiente. Es importante hacer el contrato privado poniendo este valor.

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Este impuesto se refiere al cambio de nombre de propietario, o cambio de nombre de barco??
Porque pese a las malas lenguas y las maldiciones, tengo claro que el barco va a tener el nombre que tiene que tener, porque ese nombre nunca me puede traer mal fario :-) así que también tendré que hacer el cambio de nombre de barco (y poner una plaquita con el antiguo, para que no se ofenda, que también lo he leido por ahi)
