Re: sobre armas reglamentarias
Hola, Estos la tenían más grande que tu hijo:
Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª).Sentencia núm. 720/2000 de 20 junio
En el caso de autos se ha acreditado que la navaja no automática intervenida tiene 7,5 centímetros de hoja, y por lo tanto, es inferior a los 11 que requiere la norma legal, por lo que únicamente queda por dilucidar si el portador llevaba dicha navaja con algún fin ilícito.
(......)
TERCERO.- En el Derecho Administrativo sancionador debe regir el mismo principio constitucional de la presunción de inocencia, y en el caso presente, existen motivos suficientes para que dicha presunción de inocencia prevalezca sobre una imputación tan débil como que el interesado había hecho una manifestación de uso delictivo de una navaja de reducidas dimensiones. Por lo tanto, debe estimarse el recurso.
Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª).Sentencia núm. 1713/2001 de 7 noviembre
A su vez, el artículo 146 del Reglamento de Armas, en su apartado 1 ° prohibe, entre otras cosas, portar y usar fuera del domicilio... cualquier clase de armas blancas, así cono en general, armas de las categorías 5, 6 y 7. Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las anuas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancias.
SEGUNDO.- En el caso de autos se ha declarado probado que se trataba de una navaja de las denominadas multiusos, de 8 cms de hoja, incorporando otros utensilios como sacacorchos, abrelatas, etc., alegando el recurrente que se trataba de un utensilio necesario para su trabajo como aprendiz de jardinería y de la que usaba en la vida diaria los complementos de uso citados, verdaderamente puede considerarse que a una hora normal de la tarde, cerca del propio domicilio y una navaja de las características citadas no puede considerarse que se trata ni de un arma, ni de un posible mal uso de la navaja multiuso, todo ello supone una razón que puede ser suficiente como para enervar la responsabilidad administrativa que se le exige.
Lo dicho, que recurra. Saludos
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La democracia es dos lobos y una oveja votando sobre que se va a comer.
La Libertad es la oveja, armada, impugnando el resultado.
Benjamin Franklin
Editado por contrabandeiro en 11-10-2011 a las 16:57.
Razón: así se lee mejor
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