Cita:
Originalmente publicado por Legendstar
Lamento discrepar, como norma general la libre circulación por dentro de puertos dónde se efectúan trabajos profesionales (remolcadores, pesca, pasaje, etc) está prohibida, salvo que tengas tu atraque dentro del mismo en cuyos casos sólo puedes permanecer dentro de él el tiempo indispensable para la entrada o salida.
Un saludo.
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Cierto, está totalmente prohibido.
Los problemas surgen cuando en una misma lámina de agua conviven las actividades comerciales, con las lúdicas.....
