Ver mensaje
  #1  
Antiguo 31-10-2011, 16:44
Avatar de Capitan Cousteau
Capitan Cousteau Capitan Cousteau esta desconectado
Grumete Pirata
 
Registrado: 30-10-2011
Mensajes: 4
Agradecimientos que ha otorgado: 0
Recibió 1 Agradecimiento en 1 Mensaje
Sexo:
Predeterminado El barco de mis sueños

Despues de pasar unos años en el dique seco, o sea desde que vendì mi barco, tengo necesidad de volver al mar.

Por fin he encontrado el barco de mis sueños. Es un velero de 7,50 metros de eslora. Pero...... tiene documentacion alemana. Despues de leer varios hilos sobre navegar con pabellon extranjero he llegado a la determinacion de hacer lo siguiente. Con el contrato de compraventa del vendedor (aleman) y el comprador (español residente en España) paso por la Agencia Tributaria y abono el 4% de ITP sobre el importe de la venta en cuestiòn. A continuaciòn saco una fotocopia del Real Decreto que dice que a partir del 1º de Enero de 2011 los españoles pueden navegar bajo pabellon de otro pais de la CEE, la plastifico y la adjunto a la documentaciòn del barco, juntamente con el contrato de compraventa. Hago el correspondiente seguro. Despues, sin quitar la bandera alemana salgo a navegar. En caso de que me aborde la GC y solicite los papeles del barco, les entregarìa la documentaciòn del velero , el DNI, el PER, el contrato de compraventa , el seguro, y la fotocopia plastificada del Real Decreto famoso y el justificante del pago a Hacienda. Mi pregunta es la siguiente: ¿Estoy procediendo correctamente o tengo que hacer algo mas? Espero vuestros consejos, aunque se que es un tema bastante farragoso.
Saludos del Capitan Cousteau.

Quedan invitados a cordero asado y una buena jarra de vino
Citar y responder