Abro este hilo para que todos los que sepan de buena ley, que puede y que no puede cobrar por dia y por hora un PPER.
Digo esto porque hay mucha tomadura de pelo. La primera la he conocido hoy. Honorarios de un PPER para practicas 20 euros hora.
Es esto correcto?
Cuanto debe cobrar por dia?
Cuanto en un transporte?
Cuanto por un contrato de 1 año?
Si el PPER se dedica a dar clases particulares de vela por ejemplo en su propio barco y en lista 6ª, cuanto debe cobrar por alumno y hora?
Ayudemonos todos, los que hayan hecho charter y los que esten mas en la pomada, si no nos ayudamos nos tomaran el pelo
