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Antiguo 09-11-2011, 13:31
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biker62 biker62 esta desconectado
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Predeterminado Re: Accidentes: diferencias entre la mar y la montaña.

Hombre, una de las diferencias importantes (por lo menos aquí en Catalunya) es que todos encontramos normal que SM cobre un servicio pero parece ser que nadie encuentra normal que se cobren los rescates en la montaña.

La ley dice que se cobrarán un rescate en la montaña sólo en los siguientes supuestos:

"Primero. Si tiene lugar en zonas señaladas como peligrosas.
Segundo. Si las personas rescatadas o salvadas no llevaban el equipamiento adecuado a la actividad.
Tercero. Si la persona que solicita el servicio lo hace sin motivos objetivamente justificados ".

O sea, que si un tractorista tiene una avería en el motor, llevando todo en regla, título en regla, distancia a la costa en regla, y pide un remolque, es normal facturárselo.

Si esto le sucediera en la montaña, no se le cobraría el rescate, ya que no cae en ninguno de los tres supuestos.

Una vez más, la náutica de recreo está claramente penalizada por el legislador.

Ahora bien, leyendo algunos de los post de más arriba, a veces parece que nos gusta que nos obliguen, que nos exijan, que nos penalicen, que nos pidan titulaciones, etc etc etc

para olvidar.
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3 Cofrades agradecieron a biker62 este mensaje:
agb (09-11-2011), ra0radu (09-11-2011), Xavier Vila (09-11-2011)