Barco comprado por la empresa
Nos han informado que dada la actividad económica de la empresa, no habría ningún problema en que el barco lo comprara la empresa en vez de hacerlo a nivel particular.
(Hablamos de un barco pequeño (8-19 m) y de poco dinero, unos 20 mil, no grandes barcazos)
Pero se me ocurren mil preguntas:
- Habría que ponerlo obligatoriamente en lista 6º o puede estar en 7º
- El iva por lo que he oído lo mejor es pagarlo igual, para evitar inspecciones de hacienda con ganas de buscar cosquillas.
- Se me ocurre que podría ser ventajoso para pasar los gastos del barco (mantenimientos, amarre, reparaciones, equipamiento) como gastos
Pero no se si es poner complicaciones donde no las hay o efectivamente puede merecer la pena.
Alguien sabe algo de esto?
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LET IT FLOW y sonríe, siempre, siempre, sonríe... Al amigo le alegras... y al enemigo, le jodes
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