Cita:
Originalmente publicado por agb
5.- Lo de los gastos de mantenimiento del barco, depende, como te comenté al principio, de la actividad de la empresa. El Impuesto de Sociedades permite deducirse aquellos gastos necesarios para la obtención de los ingresos; y sólo esos. El caso es igual que cualquier vehículo.
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Esto mismo, vamos :-)
Lo que si está claro es que de ponerlo en 7º nada, porque si no voy a poder llevar yo el barco, no hacemos nada, de nada, de nada


