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Originalmente publicado por Botones
Perdonad mi ignorancia pero, la limitacion del CY no existia ya de facto.
Tenia entendido que si el buque tenía mas de 24 mts necesita tripulacion profesional 
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Me parece que es así !!!
Y probablemente la explicacion viene dada a que a partir de cierta eslora una embarcacion ya no la consideran de recreo sino que es un buque regulado por matricula fuera de las listas 7 y 6 seria un IMO y por lo tanto debe tener tripulacion profesional.