Cita:
Originalmente publicado por javijust
Me parece que es así !!!
Y probablemente la explicacion viene dada a que a partir de cierta eslora una embarcacion ya no la consideran de recreo sino que es un buque regulado por matricula fuera de las listas 7 y 6 seria un IMO y por lo tanto debe tener tripulacion profesional.
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Me parece que estaís equivocados los dos.
Un CY no tiene limitaciones, si bien es verdad que a partir de 24m. necesita tripulación, pero el puede patronear la embarcación.
Eso he entendido yo al leer las leyes referentes a este tema.
Un saludo y
