Gracias de nuevo Genovés!!
Ahora que está más cerca todo, me lo estoy leyendo con detalle, y tengo una duda "existencial":
- Cuando hablamos de "Capitanía" supongo que será la correspondiente a donde está actualmente el barco "empadronado"

por ponerle humorcito a la cosa.
- Hay que ir a Capitanía personalmente?? O se puede hacer de otra forma?
- Se pueden ir pidiendo los papeles antes (por correo, descargados de internet si tienen..)
- Si en Capitanía se hacen unas cosas, y en hacienda de la CCAA donde esté el domicilio fiscal del comprador otras, y estos son distintos, significa que tengo que ir paseando de Zaragoza a Barcelona y viceversa varias veces?? (por poner el caso de capitanía en Barcelona)
- Todo esto es de particular a particular. Alguien sabe si hay alguna diferencia importante de particular (vendedor) a empresa (comprador). O de empresa a empresa?



