Discusión: Abanderamiento
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Antiguo 03-09-2007, 13:05
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Abanderamiento

Unas birras para todos. Tengo visto un barquito holandés pero me están frenando varias cosas, entre ellas, y lo más importante abanderarlo. Mis preguntas son varias.

Dijo Inspectorate:

"Deberás presentar, junto a la solicitud de abdanderamiento, los siguiente documentos:


a) Certificado de inspección de buques o certificado de homologación o certificado de construcción por unidades o el proyecto técnico realizado por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.

¿que es el "certificado de contrucción por unidades"? Si no se dispone de esto o del "certificado de homologación" (que será lo más seguro), ¿se deberá acer un proyecto técnico? ¿Qué coste puede tener este proyecto? Una vez realizado se deberá pasar la ITB ¿no?


b) Aportación del título de adquisición de la propiedad o del derecho de disfrute.
¿Con un contrato de compraventa es suficiente?

c) Certificado de baja en el registro del país de origen para las importadas previamente registradas en otro país.
¿Cómo se solicita (correo, etc)? Supongo que lo deberá hacer el comprador ¿no?

d) Autorización, en su caso, de conformidad con lo previsto en el artículo 32.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que acredite a otra persona física o jurídica para actuar en nombre del propietario.

m) Documentación acreditativa del pago o, en su caso, no sujeción o exención del Impuesto especial sobre determinados medios de transportes.
¿Es el 4% del valor de las tablas de hacienda?

e) Justificante de ingreso de la tasa de inscripción en el Registro de matrícula de buques, regulada en la disposición adicional decimosexta de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre.
¿De cuantos € hablamos? ¿es el 12%?

f) Certificado de la(s) balsa(s) salvavidas, que cumplan lo indicado en la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril.
¿Es necesario este trámite si es zona 4 de navegación?

g) Justificante del pago de la tasa por servicio de señalización marítima, regulada en el artículo 30 de la Ley 48/2003, de 26 de diciembre.
¿Son 4.08€ por m2 para esloras >= de 7 mts? ¿Se paga una vez por año?


Muchisimas gracias por anticipado. Tomaos lo que queráis que pago yo.

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