Cita:
Originalmente publicado por avela
El decreto en cuestión en el art 18,2 (bonificaciones) alude al art 56.V.I.3 de ley 21/2007 y lo que dice es que se perderán las bonificaciones en tanto exista LISTA DE ESPERA en el puerto donde se tenga contrato de base.Transcribo el art 18,2:
"La existencia de lista de espera en cada puerto será incompatible con la aplicación de la bonificación para promover la demanda prevista en el artículo 56.V.I.3.b) de la Ley 21/2007"
..."con contrato de base ordinario en puertos en servicio en que no exista lista de espera, tendrán derecho a la bonificación máxima prevista en la Ley 21/2007, de un 30%".
"Si se creara tal lista de espera...y con la vigencia del citado contrato, serán bonificadas en el 20% el primer año, el 10 % el segundo, y sin que la tercera y sucesivas gocen de bonificación"
"podrá suscribir convenios con entidades públicas o privadas radicadas en el puertohasta un 10% para las restantes entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro en general".
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Cita:
Originalmente publicado por Gabriem254
Pues eso
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Cuando ese Proyecto de Decreto esté publicado en el BOJA Hablamos mientras se queda en un
proyecto de decreto.
Pero oye si quereis ver molinos de viento en donde no los hay, por mi ....
Me reitero que se paró ese proyecto de decreto, con la acción de varias asociaciones que os defienden.