Cita:
Originalmente publicado por rusho
Hablando con una amiga funcionaria y muy "hacendosa" que sabe de ir y venir (IVA y VENIA, a menudo), me dice que una cosa es la bandera y otra la matriculacion siempre desde el punto de vista de hacienda....., otra cosa son las capitanias y adlateres que desconozco lo que opinan.
La idea es la siguiente, que pasa si pagas el impuesto de matriculacion, pero no abanderas?, ya que Schengen te permite libre circulacion de bienes y capitales, no veas la pasta que te puede ahorrar en adlateres.
Un saludo
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Esta prohibido internacionalmente navegar sin bandera, por lo que el abanderamiento es obligatorio, pero de ahí a que tengas que abanderar un barco en España y no en cualquier otro país de la Comunidad Europea ya me parece otro cantar.