Cita:
Originalmente publicado por mota
Recurrir la liquidación impugnando la legalidad de la aprobación del Decreto 368/2011: por vulneración de lo dispuesto en el art. 45 de la Ley 6/2006; en especial la valoración de las alegaciones que planteamos y que no han respondido y el probablemente omitido Dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía... y, para evitar recargos, conviene consignar el importe de la tarifa del 2011 incrementada en un 1,8 %; por ser el incremento aprobado con carácter general para las tasas por la Ley de Presupuestos de la Junta de Andalucía para el 2012.
La respuesta unánime es nuestra fuerza.
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¿ POR QUÉ NO CUELGAS UN MODELO Y CADA UNO PONE SUS DATOS?
