Cita:
Originalmente publicado por EUREKA
En 2010, finales, cambio la normativa. Los homologados 52. son validos si cumplen con la norma IPX 7.
Una faena para los que compraron los carísimos 53.xxx.
Copio el BOE A 2010 17038 con las modificaciones de los equipos radioélectricos obligatorios.
La ICOM IC M23 es una muy buena opción. La norma pide ahora que cumplan la norma como mínimo IPX 7.
Un saludo,
EUREKA
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Gracias Eureka no se si te refieres a este Real decreto, pero la normativa dice:
Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.
Dieciséis. El artículo 60 queda redactado de la siguiente manera:
«Los buques y embarcaciones de recreo autorizados a realizar navegaciones por la zona 5 deben ir provistos de una instalación de VHF fija provista de radiotelefonía, o radiotelefonía y LSD. Se admite como alternativa la disponibilidad de un VHF portátil que cumpla con las prescripciones de estanqueidad aprobadas mediante la norma europea IEC 60529 IPX7.»
Para mi entender creo que solo siver para la zona 5 y no para la zona 2.
Saludos.