Para saber si el cocesionario del puerto puede o no repercutir el IBI entre los amarres, tendrás que hacerte con el pliego de condiciones de la concesión administrativa del puerto, y allí dirá si esa tasa sobre los bienes inmuebles del puerto puede cobrarse sobre la lámina de agua.

Opinión de un profano, pero le estoy cogiendo afición a eso de pelearme con la administración

