Cita:
Originalmente publicado por akm1001
Para el cofrade TUPAC:
Muchas gracias por tus aclaraciones claras y detalladas.
El barco tiene el IVA belga pagado (viene reflejado en su factura de compra).
Para evitar dudas lo mejor será realizar la firma del contrato de compra en Francia y cambiar la bandera antes de volver a España con nueva bandera, nuevo nombre y pagar entonces los impuestos aqui en España.

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De hecho, lo ideal seria que el cambio de bandera lo hiciera el vendedor: que te venda el barco ya registrado en el pais que te interese.
En caso contrario, si compras un barco, lo registras e inmediatamente lo trasladas a Baleares, podrian decirte que el registro en otro pais es un fraude de ley (es decir: que te has intercalado ese registro sin que en tu caso no tenia sentido y que lo has hecho solo para poderte acoger a la DA1.2 -la exencion de matriculacion-, y que lo quiere permitir la exencion no es eso, sino que los barcos que estan legitima y naturalmente matriculados en la UE puedan trasladarse al Estado español sin trabas ni tramites administrativos, pero no los que el registro es un artificio forzado para acogerse a la exencion). Si te dijeran eso (tendrian que decirlo y demostrarlo en los tribunales) al final tendrias que matricular de nuevo, aunque sin multas, porque la declaracion de fraude de ley no implica sanciones.
Salut!
Tupac Amaru