Discusión: Normativa francesa.
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Antiguo 03-02-2012, 21:45
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serjioko serjioko esta desconectado
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Predeterminado Respuesta: Normativa francesa.

Aqui, segun entiendo con el traductor se habla del Decreto de 6 de julio de 2011 sobre la navegación a motor francés de recreo con un título extranjero y la emisión de valores por la conducción francesa de equivalencia de títulos extranjeros.
copio el articuloI segun traductor.
Los navegantes franceses licencia extranjera placer de conducir lanchas de motor expedido por otro Estado de la Unión Europea, un Estado Parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y el Principado de Mónaco se les permite volar un motor de barco francés de recreo dentro de las prerrogativas necesarias por la licencia, válida, que posean.
Cuando son posesión de un certificado restringido de operador o su equivalente, los navegantes pueden aplicar para el francés la concesión de licencias de conducción franceses embarcaciones de recreo de motor de la equivalencia a una licencia de conducir, los válidos, expedidos en los Estados mencionados en el párrafo anterior.
Estas disposiciones se aplican a los nacionales de la misma los Estados.

La clave esta en "Cuando son posesión de un certificado restringido de operador o su equivalente" seran nuestra titulacion de recreo equivalentes??
Hablan de barcos a motor que si que necesitan titulo, los veleros tengo
entendido que no.. pero creo que para el tema de la radio nos serviria.
lo bueno seria que alguien que hable frances haga una consulta telefonica
para aclarar el tema...

http://www.legifrance.gouv.fr/affich...&dateTexte=vig

menudo tocho..
saludos
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williwaw (03-02-2012)