Cita:
Originalmente publicado por custodio
El Problema que se plantea es que si el barco esta a tu nombre o alguna sociedad , no podrías estar embarcado en el …
Yo soy PPER también y autónomo y tengo dado de alta en la actividad correspondiente, pero creo que no hay una norma unificada y las capitanías utilizan criterios diferentes…
Un poco lioso el tema
   
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Tengo 3 barcos, todos son propiedad de una sociedad de la que soy el administrador. Tengo pagado en todos o exento por prescripción el Impuesto de Matriculación y anotado en la hoja de asiento, por lo que los tengo despachado en regimen de ALQUILER SIN TRIPULACION y USO PARTICULAR DE RECREO para el armador o representante. Este ultimo caso, uso particular de recreo, no habilita para alquiler con tripulación para el caso de los PPER, es simplemente para disponer de tu barco al tener los impuestos pagados.
No puedes estar encima de un lista 6ª si has comprado el barco para la actividad de alquiler estando exento por tanto del impuesto de matriculación, pero a partir de los 4 años, presentas el impuesto a 0 por prescripción y lo anotas en la hoja de asiento y a funcionar!!
Saludos
