Cita:
Originalmente publicado por mota
Las tasas no son incompatibles con el IVA:
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido:
Artículo 7. Operaciones no sujetas al impuesto.
No estarán sujetas al impuesto:
8. Las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas directamente por los entes públicos sin contraprestación o mediante contraprestación de naturaleza tributaria.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no se aplicará cuando los referidos entes actúen por medio de empresa pública, privada, mixta o, en general, de empresas mercantiles.
En todo caso, estarán sujetas al impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servicios que los entes públicos realicen en el ejercicio de las actividades que a continuación se relacionan:
... d) Servicios portuarios y aeroportuarios y...
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No entiendo, si no esta sujeto a IVA, ya que la tasa es en si un impuesto, como dice que que si lo presta por medio de una empresa publica no esta sujeto, me lo expliquen