Cita:
Originalmente publicado por Cedemont
Lo que aqui apunto es que salvo que los cofrades y la DGMM me convenzan, NO es posible sin titulo profesional hacer uso privativo de un barco en lista 6ª y si hay alguno que lo tenga,la ley no esta de su lado y puede ser multado hasta en el carnet de identidad

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1.- Si se lo alquilas a otro, que es su propietario legal,
sí, mientras no lo hagas por más de 3 meses.
2.- Si el barco tiene
menos de 8 mts. de eslora, está exento del impuesto de "matriculación" (12% impuesto especial sobre determinados medios de transporte) y no creo que nadie te diga nada por usarlo de forma privada.
3.- Si el barco tiene
más de 4 años, parece que también, pues deja de estar sujeto al impuesto de "matriculación" (12% impuesto especial de determinados medios de transporte).
4.- Por algún hilo de esta taberna, se afirma que si has pagado los impuestos (18% IVA + 12% impuesto especial de determinados medios de transporte), aunque tenga menos de 4 años, pues que también.
...pero yo no te lo discutiré, salvo n el caso 1.-
