Pues empiezo a dudar de lo que he dicho, todo y que tuve que pedir 2 certificados aunque solo pagué 1.
Según fomento:
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...nes_de_Recreo/
hace falta:
Una vez cumplidas las condiciones determinadas para cada título (Edad, examen teórico aprobado, superado el examen práctico o certificación de las prácticas básicas de seguridad y navegación, así como el
certificado médico)
Y según
ORDEN FOM 3200/2007, de 26 de octubre
http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyr...4504945084.pdf
hace falta:
"d) Certificado médico oficial en vigor, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 18, siendo también valido el
certificado médico del Instituto Social de la Marina acreditativo
de la aptitud física.
"
Y el articulo 18 dice:
"
Artículo 18. Reconocimiento médico.
Los candidatos a los diversos títulos de navegación
deberán superar un reconocimiento médico, realizado de
acuerdo
con los requisitos exigidos en la normativa
vigente, con carácter previo a la realización del examen.
No será necesario realizar dicho reconocimiento si ha
transcurrido un periodo menor de dos años desde la fecha
de obtención o renovación de cualquier título, o desde la
realización de alguno de los exámenes, objeto de la regulación
en esta orden.
"
Vamos que según la legislación vigente, hay que mirar la legislación vigente.
Me recuerda a 1 peli de los hermanos Marx.