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Antiguo 27-02-2012, 18:32
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Predeterminado Re: Revisión ITB y cambio del certificado de navegabilidad

Vamos a ver, hay algo que creo que tienes confundido a mi parecer. Una cosa son los elementos de seguridad del barco, que en España sigue la norma internacional y la aplican tanto a marina mercante como a la deportiva. Otra son las características de construcción del barco. Otra son las zonas de navegación de salvamento marítimo en cuanto a radiofrecuencia y sus tratados internacionales. Y una cuarta son las inspecciones de ITB. Cada apartado tiene su propia legislación y no afecta a las otras dependiendo de departamentos distintos, así la radiofrecuencia no está regulada por la DGMM. Bien, de acuerdo a las últimas modificaciones legislativas que afectan a la náutica de recreo se acepta la declaración responsable vigente de acuerdo a los tratados y normativa comunitaria. Y es por ello que tu barco tiene un certificado de navegabilidad UNICA y exclusivamente de acuerdo a las características constructivas del mismo. La ITB UNICA y exclusivamente se pasa para lo que són elementos estructurales del barco (cosa que los inspectores desconocen) y intentan seguir pasando sobre elementos de seguridad. De los elementos de seguridad no se pasa inspección alguna. SOLAMENTE se pasa la inspección en el caso que la GC, Aduanas, policia portuaria o de Guardamuelles o un buque del ejército lo haga por alguna razón que les otorgue competencia para ello. Si tu decides navegar en una zona has de tener en cuenta lo que el certificado de navegabilidad dice de la construcción de tu buque, tu titulación o la de quien lleve el barco que le habilite, el seguro de responsabilidad civil en vigor, los elementos de seguridad que para la zona en la que se encuentra el barco sean requeridos, que los elementos de comunicación sean los adecuados a la zona en que se encuentre el barco, y que tengas de acuerdo a si estas en el Mediterraneo o no la radio, el respondedor y VHF portátil o no de acuerdo a la normativa actual y en vigor. Respecto a la pirotecnia no hace falta decir que la caducidad de la misma es un problema tuyo que tu has de revisar y cambiar. Y que de acuerdo a la praxis de la declaración responsable TUYA no del inspector de marras eres tu quien se hace responsable de llevarla.
¿Espero haber aclarado el tema?
PD: Todo lo dicho en este post no cambia ningún precio de los que nos cobran los inspectores, se les ha quitado tiempo de trabajo y tinta para escribir, pero los precios no se cambian.
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ddelgrac (27-02-2012)