Hablando con amigos nos ha salido esta duda:
Un barco despachado para zona 2, con su balsa y resto de material de seguridad, que no declara la balsa en el certificado RI porque no la lleva en cubierta y desembarca la balsa en regatas costeras.
¿Apelando a qué regla del reglamento de regatas se le puede protestar? (aparte del puro que le puede caer de la G. Civil...)
Saludos y


