Cita:
Originalmente publicado por gipsy_moth
Hablando con amigos nos ha salido esta duda:
Un barco despachado para zona 2, con su balsa y resto de material de seguridad, que no declara la balsa en el certificado RI porque no la lleva en cubierta y desembarca la balsa en regatas costeras.
¿Apelando a qué regla del reglamento de regatas se le puede protestar? (aparte del puro que le puede caer de la G. Civil...)
Saludos y   
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Gipsy_Moth,
creo no equivocarme al decirte que si es una regata costera y en el anuncio de regata así la clasifican, no tienes porque llevar la balsa si no quieres.
Otro tema será el despacho y la GC.

Salut.