Cita:
Originalmente publicado por popeye IV
Hola Stormrider.
Lo único es si vas a navegar por España fijo, y me parece que si, tendrás que pagar el impuesto español, aún sin cambiar de bandera.
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Creo que no tendría que pagar.
No sujeto al pago del impuesto la matriculación de embarcaciones de eslora (total) inferior a 8 metros.
Conviene presentar el modelo nosecuál de que no esté sujeto.
Por si acaso confírmalo en una delegación de Hacienda...
(Referencias legales:
Artículo 65 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales)

