Aunque hayas pagado el IVA y el Impuesto de Matriculación en su día, al pasarlo a la lista 6ª, afectas la embarcación a un uso empresarial, por lo que si navegas tú y/o alguien de tu familia, el titular de la embarcación, o sea tú, que previamente tendrás que darte de alta de una serie de obligaciones fiscales, deberás declarar como una operación vinculada el uso de la embarcación, es decir, deberás contabilizar como si la hubieras alquilado a un tercero a precios de mercado y tributar por ello, una auténtica p.....da.
Si no es para una explotación auténticamente "rentable" no aconsejo el pasar a la lista 6ª el barco, pues te metes en un jardín complicado en el que tarde o temprano encontrarás a Hacienda con el mazo, y no están los tiempos para encontrarte con esta última compañía

.