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Antiguo 09-03-2012, 08:36
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Predeterminado Re: Revisión ITB y cambio del certificado de navegabilidad

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Originalmente publicado por ddelgrac Ver mensaje
Hola a todos,

Vamos por partes,

1) Es Capitanía de Barcelona quien me solicita el informe de una empresa certificada para poder pasar el barco de Zona 4 a Zona 2.

y Capitanía son los que en su base de datos introducen la Zona por la cual se ha realizado la ITB, aunque en el certificado no lo ponga.

2) La empresa que hace la ITB en Barcelona (Labcer en concreto), es la que me dice que para que me den el informe conforme he pasado la ITB para Zona 2, tengo que tener todo lo que se pide a nivel de seguridad y de dispositivos radioeléctricos para Zona 2, incluso la balsa, aunque luego no se incluya.

Estos son los que indican en el campo observaciones, la Zona por la que se ha realizado la inspección.

Además, son los que me dicen que los datos de la balsa también se los apuntan por parte de Capitanía.

En ambos casos, tengo dos opciones o hacer lo que me dicen o,

Caso 1: Cambiar de Capitanía
Caso 2: Cambiar de empresa de ITBs y comparar. Esto es más sencillo.

Caso 3: Cambiar de país o de bandera.

Lo que me gustaría saber, si algún cofrade que se haya cambiado de Zona 4 a Zona 2 y haya tramitado todo en la Capitanía de Barcelona, porque si es en otra está muy bien, pero no me sirve, por lo menos hasta que en todos sitios no existan las mismas reglas.

Muchas Gracias a todos.

Buenas cofrade.

Te sugiero la siguiente idea: Pide el nuevo certificado de navegabilidad por extravío de anterior. Esta posibilidad viene recogida en el R.D. 1435/2010 y puede hacerse en los siguientes casos (Disposición transitoria del R.D.):

a) Cuando sea imposible su uso por manifiesto deterioro.
b) Cuando el documento sea ilegible.
c) Cuando la embarcación sufra obras de reformas que la modifique de forma sustancial.
d) Por extravío, hurto o pérdida debidamente acreditada.



Una vez tengas el nuevo certificado, donde ya no aparecen las zonas de navegación, sino las categorías de diseño, y donde se dice (importante) que El patrón será responsable de navegar dentro de la zona permitida en función de la categoría de diseño, el equipo de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos de aguas sucias, equipo de radiocomunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones, según la legislación vigente, no tienes que cambiar de zona de navegación, la ITB anotará el equipo que llevaba el barco en el momento del reconocimiento, y tu navegarás, bajo tu responsabilidad, siempre que lleves el equipo adecuado, dentro de los límites y condiciones que te impone este párrafo del certificado de navegabilidad.

Saludos
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ddelgrac (09-03-2012)