Cambias de matricula el barco a lista 6ª.
Eso obliga por legislación a ITB cada 2 años, seguro de viajeros y determinado material de seguridad según zona de navegación.
Si eres patrón profesional, puedes darte de alta en autonomos, IAE y a partir de eso ya está. Puedes alquilar la embarcación patroneandola. Logicamente facturas, libro de ingresos y gastos, y declaraciones trimestrales, anuales y demás obligaciones tributarias.
Si no eres patrón profesional. Hoy en día se puede acceder a través del Capitan de Yate. Te sacas el titulo de Cápitan, previamente se supone que tendrás el de Patrón de Yate, y antes tendría el PER.
Después de Capitan de Yate ves mirando en el foro para obtener el PPER, y hay muchos consejos, apuntes para preparar el examen y pruebas y requisitos para obtener la titulación.
No es sencillo, ni barato.

