Hola Cofrade,
Depende de muchos factores.
1) Si Tienes o no el nuevo certificado
Si tienes el antiguo y te indica Zona 4, aunque navegues delante del puerto, te puden crujir
2) Luego si la GC te pone la receta, ya depende donde ha sido, y de donde esté matriculado tu barco, porque cada Capitania Interpreta la ley como le viene en gana
3) Si tienes el nuevo, donde te indica la Zona máxima por la cual puedes navegar según barco y título, ya depende de la interpretación de la GC, y de Capitania.
4) Señor Murfy ....
En mi opinión si que puedes y no debes ser sancionado .... pero ...
