Discusión: PER Madrid 25 Marzo 2012
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Antiguo 27-03-2012, 18:05
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Cita:
Originalmente publicado por Turtledma Ver mensaje
Por debatir un poco... algunos argumentos, por si luego hay que reclamar...
1.- En la página de la DGMM http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...nes_maritimas/ sobre comunicaciones maritimas solo habla de dos conceptos. "llamada y mensaje".

2.- Dice claramente que la llamada (además por si no fuera poco, han llamado al servicio "LLAMADA selectiva digital") se realiza por el canal 70 (si es LSD) o por el 16 en los otros casos.

3.- Dice también que una vez emitida la llamada, que no deberá superar el minuto de duración, se pasará al canal de trabajo que establece la costera normalmente y que es por donde se restransmite el restro del tráfico.

Entiendo lo que dices de las "3" partes de la llamada, pero en los manuales de que dispongo y en la web de la DGMM no habla de esa 1ª parte que es la que dices que es la única que se transmite por el 70 en el caso de LSD.

Saludos y gracias por el debate en cualquier caso!!!
El debate es muy sano para clarificar conceptos y que todos aprendamos.
El ponente que ha puesto el examen seguro que ni siquiera conoce el contenido de la propia web de Fomento. La cual es además una página muy generalista de radiocomunicaciones, sin entrar en detalles técnicos, que no puede ser tenida en cuenta como "oficial" en comparación con otras publicaciones sí oficiales.
Y en concreto me refiero a la editada por el mismo Ministerio http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyr...PatronYate.pdf
que en su propia introducción dice:

"La presente publicación, cuyos destinatarios son aquellas personas que pretendan acceder a las titulaciones oficiales de recreo se ajusta al programa contenido en la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE núm. 264, de 3 de noviembre de 2007), y se considera como publicación oficial para el estudio de la asignatura de radiocomunicaciones para los exámenes de las titulaciones deportivas de Patrón de Navegación Básica, Patrón de Embarcaciones de Recreo y Patrón de Yate."

No se que manuales utilizas, pero ten cuenta que hay varios libros que tienen desfasado este tema.

La alerta/anuncio tienen un formato que se efectúa por LSD.
La llamada y mensaje tienen otro formato que se efectúa por radiotelefonía. Y no se pueden hacer por LSD.
Sólo sería viable hacer un anuncio de seguridad si la estación de barco careciese de LSD.
De ninguna manera llamada y/o mensaje se pueden hacer por el 70, ya que entonces se llamaría alerta/anuncio.
Hay que ver la literalidad de la pregunta porque su intención es "pillar" y la nomenclatura que se utiliza es muy estricta.

Desde luego no veo base para poder impugnar la pregunta, tal y como se las gastan los que ponen exámenes tipo test.

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