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Originalmente publicado por carlos g.
Ok,
Quizas la Guardia Civil del Mar os aconsejara mejor cuando le expliqueis que tan solo teneis un trato personal y amigable por el cual un Cofrade armador presta una embarcacion propia a otro que si es Cofrade pero no armador, a cambio de pongamos 8mil euros para que el pobre armador anteriormente mencionado pueda asumir los inasumibles costes de amarre, antifouling y seguro de esa embarcacion tan amigablemente prestada sin animo de lucro, eso si, todo en una comoda lista 7ª la cual no devenga impuesto de sociedades, IVAS, y otros sujetos fiscales.
Quizas los que aconsejan que no pasa nada, vivan en el pais de Cenicienta, y creen que la G.C. es Blancanieves que todo lo comprende, cuando se le bien explica si cabe con cariño sumiso, pero La Guardia Civil del Mar no esta para "CUENTOS", yo prefiero aconsejar, eso si sin animo de lucro, o segun se entiende MAL-ACONSEJAR, que para eso estamos en esta Taberna, para beber pero tambien para evitar MALES MAYORES dentro de esta aficion comun nuestra que es la nautica.
Bueno, alla cada cual ...... 
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Carlos, según he entendido yo, el mensaje de Quim no hace sino reforzar lo que tú decías. Yo lo entiendo bien claro, si se alquila una embarcación de la lista 7ª, se está dedicando esa embarcación a fines lucrativos, por lo tanto no es legal.
Ahora tengo que estudiar las posibilidades de hacerlo con una embarcación con pabellón extranjero, o bien el contrato de alquiler con opción de compra.