Cita:
Originalmente publicado por jotaguirre
Con todos mis respetos, creo que está mal enfocada la pregunta.
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Discrepo de tu opinión, la pregunta está perfectamente enfocada y la ley del mar y reglamentos vigentes también están perfectamente claros.
Lo que uno se encuentra en el mar es propiedad del "encontrador", pasa que la norma atendiendo a las circunstancias, da la oportunidad al "perdedor" de recuperar su pertenencia, eso sí, fijando una cantidad en compesación para el hallador.
También existe la posibilidad de que mientras se tramita el expediente y pasan los plazos correspondientes, el objeto encontrado quede al cuidado del hallador, comprometiéndose éste a mantener el objeto hallado en el mismo estado de conservación en el que lo halló, y si dentro del plazo establecido aparece el dueño, también se puede fijar otra cantidad además de la porcentual del valor de objeto, por el tiempo en que has estado cuidando del bien hallado.
Así es la ley, otra cosa diferente son los pareceres, que al igual que el culo, cada uno tiene el suyo.
