Cita:
Originalmente publicado por Akakus
Pues no tengo claro que sea como dices, porque la LEB no la solicitas para una zona determinada, sino que en el impreso, en los datos de buque, pregunta la zona de navegación, DEL BUQUE. Es decir, suponen que el buque tiene una zona de navegación autorizada, y de ahí mi duda: es la determinada por la categoría de diseño (impreso nuevo), o la que tenía asignada en la Licencia de Navegación antigua?
|
A ver, la LEB, simplificando, recoge los equipos de radio que están instalados y autorizados para un barco. Lo que ocurre es que, al mismo tiempo, para cada zona de navegación se exigen ciertos equipos radioeléctricos mínimos, pero tu puedes instalar más, si lo deseas. Si quieres llevar una radiobaliza, o un transpondedor de radar, en zona 4, por tu seguridad, ¿qué te lo impide?. Deberás declararla y lo incluirán en la LEB, si corresponde.
Si tienes todos los equipos de radio reglamentarios para zona 2, ¿qué te impide pedir LEB para zona 2?. A lo mejor te interesa, pensando en navegar en esa zona en un futuro próximo.
Lo que está claro es que si no tienes los equipos exigidos, no te van a dar la LEB. Por mucho que tu barco sea categoría de diseño A, si no tienes los equipos de zona 1, no te darán la LEB para zona 1.
En resumen, como yo lo veo, tienes que pedir la LEB para la zona correspondiente a los equipos que tienes o vayas a montar, independientemente de la zona en la que navegues después, siendo consciente de que la LEB te limitará la zona de navegación máxima.
Saludos

